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sábado, 20 de agosto de 2016

Javier Villa Stein, Fujimori y los Diarios Chicha






Hace ya una semana el diario La República advertía con el titular "Cocinan absolución de Alberto Fujimori" lo que hoy ya es de dominio público. Una y otra vez más, Javier Villa Stein y la Lesa Intelligentía, el mismo que con su sala suprema redujera la pena al Grupo Colina por sus crímenes de Barrios Altos, El Santa y Pedro Yauri, en una sentencia a la que el magistrado calificaría de "correctiva y aleccionadora" y que felizmente fuera anulada por su misma sala, por absurda y contradictoria, no solo con la jurisprudencia internacional, nacional, y la de la misma corte, sino también con el sentido común; el mismo que también anulara con la suprema la sentencia al aprista Aurelio Pastor de cuatro años de prisión efectiva, asegurando que al "traficar sus influencias" para las decisiones de un fallo en vez del uso de las herramientas del derecho, el abogado no traficaba influencias sino que, era parte de la "gestión de intereses" como parte de sus servicios profesionales, responsabilizando, en el colmo de los colmos, a la denunciante, por el ilícito de Pastor (ella tenía la culpa por incitarlo a delinquir); el mismo que fuera columnista del Diario Chicha La razón, implicado en el caso que le ha tocado decidir, justamente porque su línea editorial fue comprada por Fujimori para demoler y difamar a los opositores; el mismo que según la investigación de Ojo Público, habría aumentado su fortuna en pasos agigantados, quintuplicándose desde que ingresara, sin haber tenido experiencia más que en la docencia, la notaría, y la asistencia a fujimoristas implicados en escándalos de corrupción, a la Corte Suprema en el 2004, haciéndose de departamentos en distritos exclusivos de Lima y Miami, terrenos, cocheras, depósitos, camionetas de lujo, motocicletas (Harley incluída), relojes Rolex y una empresa hotelera que según la misma denuncia, presta ilegalmente servicios al estado.



"...la vida de Javier Villa Stein transcurría apacible entre el ejercicio de la abogacía y las clases universitarias (...) hasta que decidió ir por más. En 1999, mientras el Perú vivía el ocaso del gobierno fujimorista, obtuvo un cupo como notario en Miraflores y empezó a asesorar a funcionarios del fujimorismo acusados por corrupción. Cinco años después el Poder Judicial -sometido por una década al poder de Vladimiro Montesinos- anunció la renovación de sus cuadros y abrió sus puertas a abogados sin experiencia en la magistratura; uno de ellos fue Villa Stein, quien el verano del 2004 fue elegido entre decenas de postulantes para ocupar un puesto en la máxima instancia judicial del país: la Corte Suprema" 
Ojo Público




Diarios Chicha

“Fujimori decidió que debería iniciarse un contacto con los diarios El Ma­ñanero, La Chuchi, Más, El Chato, El Tío, La Yuca, disponiendo conversara con los comandantes generales, para que estos aportaran con los fondos de sus instituciones el costo de esta tarea (...) sería sumamente ingenuo que el señor Ministro de Economía derive fondos al Ministro de Defensa ex­tra presupuestales, y el Ministerio de Defensa o del In­terior lo derive al Servicio de Inteligencia Nacional, y el Presidente de la República no conozca. Y, además, usted sabe que esos documentos, para el desvío de fondos, se emiten resoluciones administrativas en las cuales interviene el Presidente de la República, él rubrica. Entonces, esa es una prueba plena del hecho”. 
Vladimiro Montesinos
Asesor de Alberto Fujimori



Para incluir en el proceso del caso de los Diarios Chicha a Alberto Fujimori, al haber sido capturado y extraditado de Chile, esto debía ser autorizado desde sus autoridades judiciales. Así, representantes del estado peruano presentaron el caso ante la corte chilena y esta sentenció que existían pruebas para llevar a juicio al ex presidente por este delito. La corte suprema de Chile señala en su fallo que "está acreditado que el ex jefe del Estado concertó una acción criminal con sus subordinados con la finalidad de beneficiarse políticamente, para lo que no dudó en usar recursos públicos". Después de un año, dos meses y 20 días de audiencias, el 8 de enero del año pasado, al culminar el proceso en su contra, la Cuarta Sala Penal Liquidadora de Lima sentenció al ex presidente, quien ya cumple una condena de 25 años por los crímenes de lesa humanidad de Barrios Altos y La Cantuta desde el 2009, a ocho años de prisión, tres años de inhabilitación y tres millones de soles de reparación, por el delito de peculado, al haberse probado, a través de testimonios, presupuestos, órdenes, proformas, recibos y documentos titulados Notas informativas para el señor presidente de la República aprobados con los “Ok” que imprimía el propio Fujimori con su puño y letra para dar inicio al “trámite” de dinero, que el "Chino" habría desviado 122 millones de soles de las Fuerzas Armadas al SIN, entre 1999 y el 2000, para desde ahí, entre otros destinos ilícitos, financiar su reelección y comprar las líneas editoriales de los denominados Diarios Chicha, para difamar a opositores incómodos a su gobierno y sus objetivos, ya sean políticos, autoridades o periodistas, con contenidos directamente digitados por el SIN y aprobados desde el Palacio de gobierno. Según testimonios se pagaba entre 500 y mil dólares por cada titular aprobado.




“Fue el ex Presidente de la República, Alberto Fujimo­ri, quien dispuso la asignación de dinero extra presupuestal al Ministerio del Interior para que éste, a su vez, los derivara al SIN (...) Esto está en los oficios de todos los meses…” 
César Saucedo
Ministro de Alberto Fujimori



Las llamadas notas informativas eran parte de un sistema paralelo instaurado para que a través de un simple y pequeño "Ok" escrito por Fujimori sobre el documento, se pueda tramitar el dinero malversado al SIN en función a presupuestos remitidos al Palacio sin que estos fueran incluidos en el sistema contable formal del estado. Los mismos miembros de la Casa Militar durante los noventa, han corroborado que esa era la aprobación del presidente para mover los montos asignados, es decir, existe harto instrumental probatorio que claramente evidencian que Fujimori tenía un rol activo en los destinos de los fondos del SIN y los titulares difamatorios de los medios que eran subyugados por su gobierno. 




Captura: Útero.pe



Para la segunda reelección, para su campaña electoral, entre 1998 y el 2000, dicho sistema se intensificó.



“En vista de que no se podía permitir que personal no autorizado proveniente de las unidades ejecutoras ingresen a las instalaciones del SIN, se vio por conveniente modificar la mecánica de trabajo, de tal manera que los proyectos y presupuestos eran entregados a la mesa de partes de la Casa Militar, siendo derivados a la Oficina de Planes y Programas para que preparen una nota informativa con un resumen del proyecto y el presupuesto; dicha nota informativa era entregada al presidente Fujimori, quien ponía su visto bueno, consignando las letras ‘OK’, y mediante sus edecanes la enviaba al Servicio de Inteligencia Nacional a fin de que se proporcionen los fondos necesarios”. 
General Nazario Mercado Zedano
Jefe de la Casa Militar



“Cuando Fujimori disponía se realizara una obra, ya sea en Lima o provincias, daba la orden al jefe de la Casa Militar (...) que una vez presentada la nota informativa a Fujimori, éste le ponía su conformidad mediante las letras ‘OK’; que una vez puesta la conformidad, Fujimori remitía con uno de sus edecanes el documento al Servicio de Inteligencia Nacional, lugar del que regresaba con el dinero”. 
Alan Federico Wong Yrarte
Sub Jefe de la Casa Militar



Por este delito, el 26 de enero del 2005, el Poder Judicial condenó a 29 personas. Los hermanos Moisés y Álex Wolfenson (“El Chino”, “El Men” y “La Razón”), José Olaya (ex director de “El Chino” y dueño de “El Tío”), Pablo Documet (“El Chato”, “La Yuca” y “Conclusión”) y Alejandro Estrenos (“El Mañanero”) recibieron una pena de cinco años; Vladimiro Montesinos, el ex ministro de Defensa José Villanueva y el ex comandante general de la FAP Esleván Bello fueron sentenciados a ocho años de cárcel por los delitos de asociación ilícita para delinquir y peculado.



"Años atrás se realizó el juicio de los ‘diarios chicha’ contra Montesinos, los ex comandantes de los institutos armados y unos periodistas, y allí se presentaron todas las pruebas de que hubo un proceso sistemático entre el año 98 y 2000 de desvío de fondos públicos de institutos armados, y de los ministerios de Defensa y del Interior a diarios para garantizar el proceso de reelección de Alberto Fujimori (...) creo que la Fiscalía ha logrado acreditar con suficiencia los cargos que se le imputan a Fujimori y ha presentado múltiples pruebas de la comisión del hecho delictivo." 
Carlos Rivera Paz
Instituto de Defensa Legal



La defensa de Fujimori apeló y el caso llegó a manos de la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema presidida por Javier Villa Stein, la que terminó absolviendo por unanimidad al preso de la Diroes.




foto: El Comercio




Cambalache


El 16 de agosto pasado, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema presidida por Javier Villa Stein, emitió su sentencia sobre el recurso de nulidad interpuesto por la defensa y resolvió tal y como ya se venía advirtiendo. Determinó más allá de cualquier revisión, que Fujimori no tenía conocimiento de los ilícitos por los que fueron sentenciados Montesinos, comandantes generales de las FF.AA. y periodistas, y que por lo tanto no autorizó ningún desembolso; así mismo dictaminó que el Presidente de la República solo tiene competencias políticas y de representación, y no sobre el manejo directo de fondos públicos y que por tanto no es su responsabilidad custodiarlos, es decir que por más que haya firmado el trámite de dichos ilícitos, por más Oks de puño y letra sin los cuales no se hubiera podido concretarse el delito, no tiene absoluta responsabilidad de lo que firmó.



“...dentro de su competencia como ex presidente de la República y de acuerdo con el Reglamento de Organización y Funciones de la entidad correspondiente (SIN), el recurrente (Fujimori) no tuvo la posesión, ni la disposición de los caudales públicos, es decir no ostentaba el vínculo funcional normativo que lo determina a administrar o custodiar los caudales del SIN”. 
Sentencia de la Sala Penal Permanente



Para ser más claros, según esta aleccionadora sentencia, la sala de Villa Stein, ha modificado a gusto la responsabilidad del funcionario, no solo la de Fujimori sino, la de PPK, Ollanta Humala, o cualquier otro presidente de la república, congresistas, gobernadores, alcaldes u otros funcionarios públicos, haciendo que se encuentren fuera del alcance de la justicia en caso roben, es decir, no pueden ser acusados de peculado por más que se puedan haber levantado en peso a todo el Perú, ni los autores y menos aún, los extaneus, es decir, los privados que hayan participado en el delito. Es más, cualquier alta autoridad de quien probado esté, haya ejercido poder de decisión y disponibilidad directa de dinero del estado, por más que su cargo no lo permita, tampoco podría reclamársele responsabilidad; Montesinos, a quien Fujimori le otorgó más facultades que el que le correspondía, lo hemos visto repartiendo fajos de dinero del erario nacional a diestra y siniestra sin tener según su cargo, dominio directo ni responsabilidad sobre las millonarias sumas en sus manos, así como los Castañedas, Kouris, Santos, los César Álvarez, Martín Belaunde, etc. son ahora, gracias a la jurisprudencia que nos hereda esta aleccionadora resolución de la Sala Villa Stein, intocables.



"El caso de diarios chichas es la construcción de una forma sistemática de desvío de fondos públicos de los institutos armados al Servicio de Inteligencia Nacional (SIN), con el que se pretendía, como único objetivo, la re-reelección de Alberto Fujimori. Para eso, el propio Fujimori establece un plan criminal para desviar fondos para comprar medios de comunicación y lineas editoriales periodísticas que favorezcan su candidatura, y atacar de manera políticamente brutal a los candidatos de la oposición". 
Carlos Rivera Paz
Instituto de Defensa Legal



Lo peor es que Villa Stein no se limita a revisar el caso (que de por sí ya es cuestionable) sino que hace caso omiso de los dispositivos legales sobre el SIN que el mismo Fujimori había impuesto, que señalan claramente que el responsable para mover partidas de dicha institución era precisamente el Presidente de la República, así también le da la espalda a los documentos con los "ok" a puño y letra que prueban que sin su aprobación no habría ilícito. Es irónico además, que magistrados que han argumentado, para despojar de toda culpabilidad al ex mandatario, que un presidente no puede tener responsabilidad sobre partidas presupuestales, sean los mismos (Josué Pariona, Duberlí Rodríguez y José Neyra) que en los casos del pago de 15 millones de dólares de CTS a Vladimiro Montesinos y el del desvío de fondos públicos para la compra de los canales de televisión, los congresistas tránsfugas y el ilegal chuponeo telefónico, hayan sustentado su decisión con una argumentación diametralmente opuesta. En esos casos dichos jueces sentenciaron que Fujimori sí tenia responsabilidad en los desvíos de fondos, que Fujimori era culpable de peculado justamente porque en su calidad de Presidente de la República, tenía el deber y la responsabilidad de custodiar los fondos públicos.




Sentencia de los jueces Rodriguez y Neyra sobre Fujimori en anterior caso 
Captura: Ronald Gamarra



"Aquí no hay impunidad de ninguna clase, lo que se habla a tenor de impunidad es solamente un dicho que no tiene el menor sustento. En este proceso existen 29 personas condenadas, ¿de qué impunidad podemos estar hablando? En un proceso están condenados ministros de Estado, funcionarios de alto nivel, funcionarios de segundo nivel. Porque no se condenó a Fujimori ya se están hablando de impunidad", 
William Paco Castillo
abogado de Alberto Fujimori



“Para la Sala, lo que ocurrió en la realidad no fue verdad, pese a la prueba histórica (...) Ya hay un acuerdo plenario de la Corte Suprema que cita esta misma sentencia, donde dice que para que un funcionario público tenga control de los caudales públicos, no basta el control material directo, sino el control funcional; y en este caso, Fujimori como presidente de la República y máximo representante del Estado, por supuesto que tenía la capacidad de disposición y administración de los fondos. Y la prueba de eso es que hay varios testigos, entre ellos los secretarios de Vladimiro Montesinos, que señalan que Montesinos le pedía autorización a Fujimori para disponer de los fondos del SIN (...) Con lo que hoy se sabe y se ha probado en los distintos procesos, es insostenible afirmar que Fujimori no tenía conocimiento de lo que estaba pasando, más aún cuando esto fue una práctica sistemática" 
José Ugaz Sánchez-Moreno
ex procurador ad hoc y presidente de Transparencia Internacional.



Una vez más la Sala de Villa Stein nos otorga un fallo con un enorme impacto negativo para la justicia en el Perú. La muy caprichosa interpretación de la sala sobre la norma, pese a que la jurisprudencia, incluso de su misma sala, no deja lugar a dudas del alcance de la responsabilidad penal de Fujimori, han obligado a esbozar la posibilidad de modificar la ley para evitar que más jueces como Villa Stein, con sus resoluciones, atenten contra el esfuerzo por impartir justicia en nuestro país, en una grosera y clara proclama a la impunidad. Esta sala ha propinado otro duro golpe a la lucha contra la corrupción y a la credibilidad del Poder Judicial.




"(Con esto) Todo parece indicar que se vienen tiempos sombríos para la justicia en el Perú. Riesgo de retroceder lo avanzado en materia anticorrupción" (Vía Twitter) 
Julio Arbizu Gonzales
Ex procurador Anticorrupción



...Tiempos aciagos.








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